España comenzaba la semana sobrecogida con la terrible noticia de que un hombre había asesinado, en la localidad valenciana de Sueca, a su hijo de 11 años. Y lo hacía, para más inri, el día de su cumpleaños, aprovechando que la madre le había dado permiso para llevárselo, precisamente por su aniversario.

Según las declaraciones de la tía del menor, este señor ya había dicho con anterioridad “que iba a matar al niño”. Y el contexto de la situación familiar no invitaba a hacer oídos sordos, al tener una orden de alejamiento en vigor con su exmujer por Violencia de Género.
“El dolor más grande que le puedes causar a una madre es matar a un hijo, y él lo que quería es hacerla sufrir”, afirmaba la tía de Jordi, que se ha convertido en la primera víctima mortal de la violencia vicaria en 2022.
Este tipo de violencia, que es la expresión más cruel de la Violencia de Género, no aparece en la Ley de 2004, aunque existen modificaciones posteriores para tenerla en cuenta. No obstante, desde 2015 se reconoce a los hijos e hijas de madres asesinadas por violencia de género como víctimas directas de la violencia machista.
Por otro lado, en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género figura el término ‘Violencia Vicaria’ como aquella que tiene por objeto fundamental dañar a la pareja a través de sus seres queridos y ANUE, la Asociación para las Naciones Unidas, la define como una forma de “instrumentalizar a los hijos y las hijas para causar dolor a sus madres, que vivirán permanentemente con la pérdida, la carga y el sentimiento de culpa”.
Está claro que la violencia vicaria presenta su peor cara con el asesinato de los hijos, pero hay otras situaciones que también entrarían dentro de este término, como no cumplir el convenio regulador, retener a los menores o hacerles presenciar actos de violencia contra la madre. No en vano, el maltratador lo suele utilizar para evitar que la mujer se pueda alejar de él.
Aunque en esta temática no se puede generalizar, el caso es que, a este parricida, a pesar de ser un maltratador reconocido por un juez, no se le habían restringido las visitas con el menor, lo que da pie a abrir un debate mucho más amplio aún, con cuestiones tan recurrentes como: ¿Se le tenía que haber denegado el contacto con su hijo al tener una orden de alojamiento por violencia de género? Obviamente, la respuesta es que sí, porque conocemos el desenlace de esta tragedia, pero… ¿es significativo como para homogeneizar esta decisión?
